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Lenta reacción: TEPJF dice que ordenó recuento en 73 casillas de la Cuauhtémoc

Aunque con una reacción bastante lenta, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un comunicado en el que precisa que por ser un recurso parcialmente infundado, sólo ordenó el recuento en 73 casillas de la Alcaldía Cuauhtémoc, de un total de 861. FOTO: TEPJF
Aunque con una reacción bastante lenta, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un comunicado en el que precisa que por ser un recurso parcialmente infundado, sólo ordenó el recuento en 73 casillas de la Alcaldía Cuauhtémoc, de un total de 861. FOTO: TEPJF

David Polanco


CIUDAD DE MÉXICO, 20 de julio, (CDMX MAGACÍN).—Aunque con una reacción bastante lenta, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un comunicado en el que precisa que por ser un recurso parcialmente infundado, revocó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México de un recuento total de votos en la contienda para la Alcaldía Cuauhtémoc, y sólo autorizó que se reabran 73 paquetes.

Esta cantidad no representa ni el 10% del total de las casillas, 861, que son las que solicitó recontar Catalina Monreal, la perdedora de la contienda, por más de 12 mil votos de diferencia por debajo de la ganadora, Alessandra Rojo de la Vega, por lo que matemáticamente la reapertura de tal cantidad de paquetes, no va a modificar el resultado.

La propia Catalina Monreal sabe que este recurso no le dará la vuelta a la elección, y por eso es que ya anunció que va a la segunda etapa de su estrategia para no reconocer el resultado: un supuesto rebase de tope de gastos de campaña por parte de su contrincante, que tendrá que analizar el Instituto Electoral de la Ciudad de México.

En su tardío comunicado, la Sala Regional informó sobre la sentencia dada a conocer este sábado: “Al resolver el juicio SCM-JRC-113/2024, el pleno declaró parcialmente fundado el agravio del Partido Acción Nacional y sostuvo que no se actualizaron los parámetros que justificaran la realización del recuento del total de la votación de la elección.

“En ese sentido, la Sala Regional consideró declarar la procedencia del recuento de votos solamente en 73 de la totalidad de las casillas primigeniamente impugnadas, ante la actualización de irregularidades que justifican válidamente dicho ejercicio”, estableció el escueto informe de prensa de la Sala Regional.

Es decir, por quinta ocasión consecutiva se establece oficialmente el triunfo de Alessandra Rojo de la Vega, del PAN, PRI y PRD, por sobre la candidata de la “4T” (Morena, PT y PVEM), Catalina Monreal. El primero fue el conteo rápido del Instituto Electoral de la Ciudad de México, y los posteriores ejercicios de cómputo preliminar (PREP, el cómputo oficial).

Hace 15 días, la Sala Regional rechazó por infundada la primera sentencia de recuento total del TECDMX, y se suma la de hoy.

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